logoIVE PLAN VALENCIANO DE ESTADÍSTICA, 2007-2010


1. Marco jurídico

La competencia exclusiva de la Generalitat sobre la estadística de interés de la Generalitat que recoge el artículo 49-32, Título IV del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, representa el reconocimiento de la evidente importancia y significación de la función estadística en el ejercicio de gobierno y el impulso inicial para la creación de un sistema estadístico propio de la Comunitat Valenciana, articulado en un marco legal que garantice el desarrollo integrado y armonizado de la competencia estatutaria.

Este marco legal, la Ley 5/1990, de la Generalitat Valenciana, de Estadística de la Comunidad Valenciana, tiene como objeto último poner a disposición de toda la sociedad y en particular de los distintos órganos de gobierno de la misma, una información completa y objetiva, que sea reflejo fiel de la realidad existente, base fundamental para programar la actividad pública al mejor servicio de los ciudadanos.

A estos fines, la Ley fija las bases de actuación y regula la actividad estadística pública valenciana, establece los cauces de colaboración con órganos estadísticos de otras administraciones y configura, en sus aspectos organizativos, un sistema descentralizado en el que actúan la Presidencia, las Consellerias, Organismos y Empresas de la Generalitat, así como las Entidades Locales de la Comunitat Valenciana reservando al Instituto Valenciano de Estadística (IVE) las funciones de programación y coordinación del sistema.

El articulado de la Ley 5/1990 contempla un desarrollo planificado de la actividad estadística. Así, según se establece en su artículo cuarto, el Plan Valenciano de Estadística (PVE) es el instrumento de planificación y ordenación de la actividad estadística pública valenciana. La base normativa para su elaboración y desarrollo se establece en el Decreto 11/1991, de 21 de enero, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba el Reglamento de la ley de Estadística de la Comunidad Valenciana.

El PVE contiene las actividades estadísticas y otras actuaciones que han de llevarse a cabo por la organización estadística pública durante su periodo de vigencia y se desarrolla en Programas Anuales de Actividades, instrumentos de planificación a corto plazo que distribuyen temporalmente las actuaciones de soporte a promover para la consecución de los distintos objetivos contemplados en el mismo.

El PVE se concibe en nuestro marco normativo como un plan global (abarca la actividad estadística oficial de la Comunitat Valenciana) y revisable, estableciendo nuestro texto legal básico en materia estadística, la Ley 5/1990 de Estadística de la Comunidad Valenciana, los supuestos y procedimientos para su eventual modificación en el periodo de vigencia del mismo, tanto en sus aspectos estructurales, altas y/o bajas de actividades estadísticas, con tramitación homologable al Plan inicial, como en sus aspectos no estructurales, normas reguladoras de las actividades estadísticas, cuya aprobación está reservada en el texto legal a la Comisión Ejecutiva del IVE lo que las convierte en elementos dinámicos revisables a través de los correspondientes Programas Anuales de Actividades.